colombia flag - better cropping[Published on karisma.org.co, CC-BY] El 23 de enero de 2013, la Corte Constitucional comunicó su decisión de declarar INEXEQUIBLE en su integridad la ley 1520 de 2012 (Ley Lleras 2), demandada por el Senador Jorge Enrique Robledo. El pasado 18 de marzo fue publicado el texto de la sentencia C-011 de 2013 y se mantienen pendientes de publicación los respectivos salvamentos de voto. Daniel Ríos Sarmiento, colaborador de la Fundación Karisma, resume así el logro que representa esta sentencia:

Son grandes noticias las que anuncia la Corte debido a que se logró frenar la implementación de este proyecto de ley, ya que pretendía, por un lado, establecer nuevos conceptos de términos propios de Derechos de Autor (autor, artista, etc.) y así mismo,  configurar un nuevo ente jurídico que pondría en marcha Medidas Tecnológicas para la gestión de Derechos de Autor. Dos temas muy sensibles que hubieran podido afectar las dinámicas actuales de Internet como lo conocemos en el país.

Dado que el objeto que dio origen a este proyecto era el de regular aspectos concernientes al Tratado de Libre Comercio con Estado Unidos, el congreso lo tramitó en las comisiones sexta de senado y cámara, encargadas de temas de tratados comerciales. Pero, al contener disposiciones que tratan directamente temas de derechos de autor (de carácter fundamental) se señaló claramente que este procedimiento debió surtirse ante las comisiones primera de senado y cámara dispuestas para temas de derechos fundamentales y conexos a la propiedad intelectual.

Es por ello que todo el cuerpo normativo que pretendía salir a la vida jurídica y que hubiera afectado las relaciones de derechos en la red, cayó totalmente debido a que la Corte consideró que se presentaba un vicio de procedimiento por falta de competencia.

Resaltamos también que dentro del 3er punto de la sentencia, se expone detalladamente dentro de las intervenciones que se hicieron sobre la constitucionalidad de esta ley, la  presentada por la Fundación Karisma y la Fundación para la Libertad de Prensa, con el apoyo de RedPaTodos.

La sentencia también debe ser leída como un logro de la sociedad civil, pues gracias a los procesos de empoderamiento y de comunicación que se generaron alrededor del rechazo a esta ley, se logró movilizar información en redes sociales, realizar foros académicos y, finalmente, llegar a instancias como la Corte Constitucional para ejercer una incidencia real en la formulación de políticas públicas para el país. Lo sucedido con la LeyLleras2 marca, sin dudas, un precedente para los procesos legislativos que busquen regular entornos digitales en Colombia.

Colaboraron en la redacción de esta nota: Daniel Ríos Sarmiento, Carolina Botero y María Juliana Soto.

*<imagen de OpenSourceWay. CC (BY-SA)>